25.000 burócratas tienen tres semanas para declarar su patrimonio ante la Contraloría
Unos 25.000 funcionarios públicos deberán presentar durante este mes la declaración jurada de bienes ante la Contraloría General de la República, norma que cobija a ministros y diputados salientes y a los nuevos jerarcas. La obligación de detallar la situación patrimonial está establecida en el artículo 22 de la Ley contra la Corrupción y el […]
Tomás Gómez
tomas.gomez@observador.cr
Unos 25.000 funcionarios públicos deberán presentar durante este mes la declaración jurada de bienes ante la Contraloría General de la República, norma que cobija a ministros y diputados salientes y a los nuevos jerarcas.
La obligación de detallar la situación patrimonial está establecida en el artículo 22 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley 8422). El plazo para presentar las declaraciones rige desde este lunes 4 de mayo hasta el próximo 25 de mayo.
Existen tres tipos de declaraciones, según la condición del declarante:
- Inicial: Aquellas personas que inician funciones en un puesto sujeto a la presentación de la declaración y tienen 30 días hábiles a partir de su nombramiento.
- Anual: Los que ya son declarantes y la presentan en los primeros 15 días hábiles de mayo de cada año.
- Final: Aquellas personas que dejan sus cargos y tienen 30 días hábiles a partir del cese de funciones.
Este año, debido al cambio de gobierno, hay un grupo de personas que inician funciones y otro que las finalizan. Ante ello, la Contraloría espera recibir una cantidad considerable de declaraciones iniciales y finales.
Los que deben declarar
Deben presentar declaración las personas que ocupan los puestos señalados en el artículo 21 de la Ley 8422. También aquellas que realizan funciones relacionadas con los perfiles establecidos en el artículo 56 del reglamento.
Las Unidades de Recursos Humanos de cada entidad deben realizar el estudio para determinar por cuál perfil ocupacional deben de declarar.
En términos generales, la lista de obligados por la Contraloría abarca:
- Diputados
- Presidente de la República
- Vicepresidente de la República
- Ministros con o sin cartera
- Viceministros
- Magistrados propietarios y suplentes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones.
- Jueces y juezas
- Contralor y subcontralor
- Defensora de los Habitantes
- Defensor adjunto de los Habitantes
- Procurador general
- Procurador general adjunto de la República
- Fiscal General de la República
- Fiscales del Ministerio Público
- Rectores de universidades públicas
- Contralores y subcontralores de los centros estatales de enseñanza superior
- Regulador general
A estos cargos se suman:
- Superintendentes de entidades financieras, de valores y de pensiones, así como los respectivos intendentes
- Los oficiales mayores
- Miembros de las juntas directivas
- Presidentes ejecutivos
- Gerentes y subgerentes
- Auditores o los subauditores internos, y los titulares de las proveedurías de toda la Administración Pública y de las empresas públicas,
- Regidores, los propietarios y los suplentes
- Alcaldes municipales
- Empleados de las aduanas, los que tramiten licitaciones públicas y quienes custodien, administren, fiscalicen o recauden fondos públicos, así como quienes aprueben y autoricen erogaciones con fondos públicos.
¿Qué ocurre si la persona permanece en el puesto?
En estos caso aplica la continuidad dispuesta por el artículo 71 de Reglamento a la Ley 8422.
“Artículo 71.-Funcionario que resulta reelecto. Los declarantes que sean reelectos en sus cargos o pasen a ocupar otro cargo público de los contemplados en el presente Capítulo, no quedan obligados a rendir la declaración final y la inicial si el cargo se asume en un plazo no mayor de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha en que dejaron el cargo anterior”
CGR
Es decir, los burócratas que sean reelectos o nombrados en un nuevo puesto sólo deben presentar la declaración anual ordinaria.
La Contraloría advierte que esta declaración no debe confundirse con la presentación del informe final de gestión.
¿Cómo solicitar asesoría en el proceso?
El proceso ante Contraloría es totalmente electrónico y se cuenta con diversos canales dispuestos para asesorar a los declarantes:
- Correo electrónico declaraciones.juradas@cgrcr.go.cr
- Centro de llamadas 905 DECLARE (905-3325273) / 2501-8150
- Videollamadas, previa coordinación con el centro de llamadas




